¿QUIERES PRACTICAR TIRO OLÍMPICO?

Lo primero que debes saber es que dentro del deporte del Tiro las Federaciones de Tiro Olímpico contemplan muchas modalidades deportivas diferentes, unas con rango de Olímpicas y otras no, pero para practicar cualquiera de ellas (salvo las modalidades de aire comprimido) es necesaria la Licencia de Armas que ampara el USO y TENENCIA de las armas correspondientes.

La Licencia propia de las armas de concurso es la Licencia Tipo F, que el Reglamento de Armas, en su Art 96.5 define así: La licencia de armas F documentará las armas de concurso de tiro deportivo de afiliados de federaciones deportivas que utilicen armas de fuego para la práctica de la corrrespondiente actividad deportiva.

C
onviene explicar aquí que si bien se puede practicar el tiro deportivo con armas amparadas en otras licencias de armas (caza, profesional...) las armas guiadas como deportivas son exclusivamente deportivas, no pudiendo usarse para otros fines (caza...) ni fuera de los campos, galerías y polígonos de tiro federados, puesto que la licencia F ampara a los afiliados a federaciones deportivas.

ES NECESARIO SER MIEMBRO DE LA FEDERACIÓN AUTONÓMICA QUE CORRESPONDA PARA PARTICIPAR EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE TIRO